lunes, 27 de diciembre de 2010

PRENSA: ¿INUNDACIONES O FALTA DE PLANIFICACIÓN? TRES.

En la línea de la primera entrada de este título pero recogido por otro diario:


El Consejo Andaluz de Arquitectos pide expropiar los suelos con riesgo de inundación.

Una solución drástica para acabar con las continuas inundaciones. El arquitecto y presidente del Consejo Andaluz de Arquitectos, Luis Cano, apuesta por "expropiar y recalificar suelos urbanizados con riesgo de inundación si no es viable ni posible su protección o si ésta es muy costosa".

En declaraciones a la agencia Europa Press, Cano, que está especializado en planeamiento urbanístico, explica que las inundaciones son un fenómeno "que se viene repitiendo año tras año y la normativa y las legislaciones autonómicas y estatales siempre han hecho hincapié en prever los riesgos naturales". Así, recuerda que "las últimas leyes estatal y andaluza hacen hincapié en la necesidad de prever riesgos naturales y la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) establece claramente que al calificar los suelos, todo terreno que sufra algún tipo de riesgo debe declararse como no urbanizable".

Por ello considera que las inundaciones registradas en las últimas semanas en Andalucía pueden deberse "no tanto a una mala planificación sino más a la ausencia de dicha planificación". "Las zonas que se inundan son zonas de crecimiento no planificado, de crecimiento excesivo en las últimas décadas y que ocupan áreas con riesgo de inundabilidad". Asimismo, agrega que "también puede influir en las inundaciones las actuaciones en las cuencas de los ríos", aunque insistió en el hecho de que "cada vez hay más inundaciones en zonas no planificadas previamente y esos fenómenos se deben especialmente a la falta de planificación y control". Cano agrega que "de hecho, en la planificación de los territorios deben aparecer concretados los mapas de riesgo y las zonas inundables y deben preservarse esas zonas de la urbanización".

En ese sentido, el arquitecto aboga por que en los planes de ordenación urbanística municipales aparezcan esos mapas de riesgo y en caso de que no aparezcan, se actualicen los planes. En este punto, recuerda que "todos los planeamientos municipales deben adaptarse a la LOUA y en esa adaptación deben establecerse planes de riesgos", tras lo que apunta que "en algunas ocasiones no se diseña un nuevo plan sino que los municipios hacen una adaptación de su plan ya existente y no se toman todas las precauciones".

Por ello, a su juicio, "es momento de planificar el futuro", toda vez que "ahora no tenemos la presión de la actividad inmobiliaria y es un buen momento para planificar el territorio a las diferentes escalas, municipal y supramunicipal". "Hay que hacer revisiones del planeamiento municipal y supramunicipal para adaptarse a la norma vigente", reitera en este sentido.

Asimismo, respecto a zonas ya habitadas y sometidas a disciplina urbanística, Cano pide que "o se hagan las actuaciones de defensa necesaria para protegerlas o, en el caso de que ésta fuera más costosa o inviable, los ayuntamientos acometan una labor de expropiación, indemnización y reubicación a los afectados en zonas seguras y posterior recalificación de los suelos como no urbanizables". "Algo se debe hacer y no puede ser que pasado un periodo de tiempo siempre se inunden las mismas zonas", agrega.

Por último señala que en el futuro "se deben establecer mecanismos de inspección urbanística que eviten que se vuelva a ocupar suelos con riesgos naturales, como avenidas o con problemas de corrimiento o deslizamiento".

domingo, 26 de diciembre de 2010

GUADALCANAL: LA ERMITA DE NUESTRA SEÑORA DE GUADITOCA

Definido por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico como:

Ermita de Nuestra Señora de Guaditoca, datada en el 1647 de estilo Barroco.

Finalizada su construcción en 1647, se trata de una iglesia de planta rectangular con una sola nave compartimentada por medio de pilastras en tres tramos y con cabecera cuadrada, a la que en 1718 se le adosó un camarín. El cuerpo de la nave se cubre con una bóveda de medio cañón con arcos fajones y lunetos, apareciendo sobre la capilla mayor y el camarín bóvedas semiesféricas. Entre 1745 y 1755 se levantaron el coro, situado a los pies de la nave, y la espadaña, de dos cuerpos, que se alza sobre el muro derecho. La decoración arquitectónica está ejecutada a base de elementos toscanos de fines del siglo XVII o quizás de comienzos del XIX. La iglesia se restauró por última vez en 1913.







Las pinturas murales que decoran el interior son obra del maestro de Llerena Juan Brieva, quien las ejecutó a finales del primer tercio del siglo XVIII. En el camarín figura la imagen de Nuestra Señora de Guaditoca, obra moderna del escultor Illanes.
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Como datos históricos se destaca que la fábrica de la ermita se acabó en 1647 y se bendijo en 1649, levantándose a costa de Don Alonso Carranco de Ortega y de su esposa Dª Beatriz de la Rica. A fines de siglo se hicieron los portales y en 1718 se construyó el camarín por alarifes de Llerena y Guadalcanal. En 1728 se reconstruyó totalmente la bóveda de la iglesia.


Entre 1845 y 1855 se construye el coro y el campanario. La última restauración es de 1913. Del siglo XVIII es una interesante vivienda aneja en cuyo arco de acceso posee el escudo de armas de los Castilla y Porras.

La festividad de la Virgen se celebra con dos romerías una hasta la ermita partiendo de la iglesia parroquial y pasando por el Convento del Espíritu Santo en la ultima semana de Abril y de vuelta a la Ermita en la última semana de Septiembre. (http://guaditoca.blogspot.com/)

En el IPAU NNSS, consta en fichas 11 (IyII) con nivel de catalogación “Monumental y de protección “NIVEL I”.


Aparece también en la ficha 12 recogida, los restos en ruina de la antigua Ermita de traza mudéjar, de protección “NIVEL I”, hoy desgraciadamente desaparecida y según el eucalipto que se muestra en la foto puede corresponder a lo que hoy son servicios y almacenes.

Recogemos también en esta entrada las dos fichas del IPAU que numeradas 13 y 14 muestran dos de las cruces del camino romero la del “Puerto” primera desde el Pueblo a la Ermita y la del “Aceite” quinta del camino, ambas con nivel de catalogación “Monumental y de protección “NIVEL I”. Destacar que existen otras cuatro cruces la de “Buena Vista”, segunda del camino, otra más reciente el la finca “las Hormigas”, que es la tercera, la cuarta antes de la del aceite, que ha sido “acercada al Cordel de Esteban Yanez” y la última próxima a la Ermita, inicio y final del camino.


Muestro algunas fotos del conjunto edificado:




jueves, 23 de diciembre de 2010

PRENSA: ¿INUNDACIONES O NULA PLANIFICACIÓN? DOS.

http://www.elmundo.es/elmundo/2010/12/22/andalucia/1293019413.html

El presidente del Colegio Oficial de Geólogos (ICOG), Luis Suárez, ha asegurado que los daños causados por las inundaciones tienen que ver directamente con una ordenación "defectuosa" del territorio.

"Hay que cumplir el artículo 15 del Texto Refundido de la vigente Ley del Suelo, elaborando mapas de riesgos naturales con carácter previo a los planes generales de urbanización de los municipios", ha explicado en un comunicado.

También ha abogado por la implantación de una geología preventiva y de políticas municipales responsables para "evitar males mayores". "Si hay un deslizamiento de una ladera inestable o una zona de colapsos activa, no se puede asentar una población sobre ese terreno", ha indicado.

Los riesgos generados por las lluvias torrenciales no solo producen inundaciones, sino que también hay deslizamientos del terreno; para ello, ha recordado que es "competencia de los ayuntamientos elaborar los Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU), que deben ser refrendados por las respectivas comunidades autónomas y adaptar la ordenación urbanística a los previos mapas de riesgos naturales".

Suárez ha recordado que catástrofes como la del cámping de Biescas, en 1996, impulsaron la aprobación, en 2008, de la Ley del Suelo que obliga a realizar un informe de sostenibilidad del territorio para adaptar los usos urbanísticos del suelo a los mapas de riesgos naturales.

"Si un mapa de riesgos dice que un territorio se inunda cada cinco años, implica que no puede ser urbanizable, porque por cálculos hidrológicos se va inundar una vez cada cinco años", ha explicado.

Respecto a las viviendas asentadas en terrenos inundables Luis Suárez propone tres medidas: seguros que respondan al riesgo real, indemnizaciones por expropiaciones e invertir en estructuras de control de inundaciones, como presas de laminación de avenidas o canalizaciones, "aunque éstas sean muy costosas o provoquen impacto ambientales".

PRENSA: ¿INUNDACIONES O NULA PLANIFICACIÓN? UNO.

http://m.abcdesevilla.es/andalucia/contra-las-inundaciones-expropiar-y-recalificar/23122010/140934001301/gl-d

El arquitecto y presidente del Consejo Andaluz de Arquitectos, Luis Cano, ha abogado por "expropiar y recalificar suelos urbanizados con riesgo de inundación si no es viable ni posible su protección o si ésta es muy costosa". En declaraciones a Europa Press, Cano, que está especializado en planeamiento urbanístico, ha explicado que las inundaciones son un fenómeno "que se viene repitiendo año tras año y la normativa y las legislaciones autonómicas y estatales siempre han hecho hincapié en prever los riesgos naturales", tras lo que ha recordado que "de hecho las últimas leyes estatal y andaluza hacen hincapié en la necesidad de prever riesgos naturales y la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) establece claramente que al calificar los suelos, todo terreno que sufra algún tipo de riesgo debe declararse como no urbanizable".
Por ello ha considerado que las inundaciones registradas en últimas semanas en Andalucía pueden deberse "no tanto a una mala planificación sino más a la ausencia de dicha planificación". "Las zonas que se inundan son zonas de crecimiento no planificado, de crecimiento excesivo en las últimas décadas y que ocupan áreas con riesgo de inundabilidad". Asimismo, ha agregado que "también puede influir en las inundaciones las actuaciones en las cuencas de los ríos", aunque ha insistido en el hecho de que "cada vez hay más inundaciones en zonas no planificadas previamente y esos fenómenos se deben especialmente a la falta de planificación y control".
Ha agregado que "de hecho, en la planificación de los territorios deben aparecer concretados los mapas de riesgo y las zonas inundables y deben preservarse esas zonas de la urbanización". En ese sentido, Cano ha abogado por que en los planes de ordenación urbanística de los municipios aparezcan esos mapas de riesgo y en caso de que no aparezcan, se actualicen los planes. En ese punto, recordó que "todos los planeamientos municipales deben adaptarse a la LOUA, tienen esa obligación de adaptarse y en esa adaptación deben establecerse planes de riesgos", tras lo que apuntó que "en algunas ocasiones no se diseña un nuevo plan sino que los municipios hacen una adaptación de su plan ya existente y no se toman todas las precauciones".
Por ello, a su juicio, "es momento de planificar el futuro", toda vez que "ahora no tenemos la presión de la actividad inmobiliaria y es un buen momento para planificar el territorio a las diferentes escalas, municipal y supramunicipal". "Hay que hacer revisiones del planeamiento municipal y supramunicipal para adaptarse a la norma vigente", ha aseverado. Asimismo, respecto a zonas ya habitadas y ya consolidadas por la planificación y sometidas a disciplina urbanística, Cano ha abogado por que "o se hagan las actuaciones de defensa necesaria para protegerla o, en el caso de que ésta fuera más costosa o fuera inviable, los ayuntamientos acometan una labor de expropiación, indemnización y reubicación a los afectados en zonas seguras y posterior recalificación de los suelos como no urbanizables".
"Algo se debe hacer y no puede ser que pasado un período de tiempo siempre se inunden las mismas zonas", ha agregado este experto. Además, ha considerado que, respecto a futuro "se debe planificar en condiciones, de acuerdo con la normativa vigente, y establecer mecanismos de inspección urbanística que eviten que se vuelva a ocupar suelos con riesgos naturales, como avenidas o con problemas de corrimiento o deslizamiento de terrenos, pues los riesgos naturales se deben evitar".

domingo, 19 de diciembre de 2010

GUADALCANAL: SOBRE NUESTROS CORTIJOS. UNO.

Definido por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico:

Se recogen los cortijos que enunciamos a continuación:
Cortijo de la Torrecilla, con caracterización Arqueológica y tipologías de asentamientos de Época Romana.

Se define con importancia etnológica, situado junto a la carretera Guadalcanal-Fuente del Arco, descrito como hacienda de olivar con almazara de prensa hidráulica. Cuenta con vivienda de señorío y casero-encargado, vivienda de trabajadores y taller de fragua y carpintería.
En los alrededores del inmueble principal conserva: graneros, fuente-lavadero y capilla-escuela (la pizarra de la escuela es una puerta corredera que cuando se abre deja ver el altar de la iglesia).
Inmuebles alejados del principal: villa jamón (zahúrdas) y villa cordero (para la cría de dichos animales), situados en los márgenes del camino principal.



Cortijo Bodega del Rey, se define con importancia etnológica situado en la carretera Guadalcanal-Fuente del Arco, destaca almazara que conserva todos su elementos: molino de molturación, prensa, horno y bodega. Cuenta además con vivienda y capilla.


Cortijo de San Julián, se define con importancia etnológica situado en la misma carretera Guadalcanal-Fuente del Arco, más próximo a Guadalcanal que el anterior. Se destaca caserío de olivar con almazara.



Cortijo de Monforte, con caracterización Arqueológica y tipologías de asentamientos de Época Romana y alta Edad Media.


Destacar que presenta restos del Castillo de Monforte, de caracterización: Arqueológica-Arquitectónica, torre defensiva medieval cristiana anterior al siglo XI.
Su protección está inscrita con la figura de BIC (Bien de Interés Cultural), tipología jurídica Monumento publicado en BOE de 29/06/1985 nº 155.


Cortijo la Urbana, con caracterización Etnológica, situado en la carretera Guadalcanal/Alanís-Malcocinado se destaca Cortijo con restos de almazara de prensa de viga adaptada a cortijo de dehesa. La almazara conserva restos del “alage” del molino de prensa y una torre de gran elevación. Chimenea de horno de gran elevación.


Cortijo de la Jayona, se define con importancia etnológica situado en el camino desde Guadalcanal a la Ermita de la Virgen del Ara en Fuente del Arco. Destacan lagar convertido en molino de aceite.




Ni que decir tiene, que es un pobrísimo número de la enorme riqueza que se encuentra repartida por el suelo no urbanizable (rustico) de nuestro municipio.

Insisto que podrá ser el Plan General de Ordenación Urbanística la gran oportunidad de recoger toda esta riqueza etnológica, arqueológica, arquitectónica y urbanística, protegerla y marcar las pautas de ayuda a su consolidación y recuperación.

sábado, 18 de diciembre de 2010

GUADALCANAL: FOTOS AEREAS DE LOS PUEBLOS VECINOS

Extraídas del Sigpac presento en esta entrada, las fotos aéreas a misma cota de vuelo, comparando los desarrollos del tejido urbano de Guadalcanal, Cazalla de la Sierra, Alanís, Fuente del Arco, Valverde de LLerena, Azuaga y Malcocinado, límites de nuestro término municipal:


Guadalcanal

Cazalla de la Sierra

Alanís

Fuente del Arco

Valverde de Llerena


Azuaga
Malcocinado

viernes, 17 de diciembre de 2010

GUADALCANAL: LA MURALLA Y LA PARROQUIA


Definido por el Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico como:

Muralla Urbana. Recinto Amurallado

Incluye la Iglesia de Santa María de la Asunción y el Arco de Herradura de la Muralla (hoy entrada a la sacristía)

Murallas de la Edad Media, años 1.000/1.029.

Hasta tiempos recientes (siglo XIX) se conservaron en pie varios trozos de esta cerca, de la que también formaba parte el castillo, y tres de las cuatro puertas que tuvo el recinto y que eran las llamadas de Llerena, del Jurado, de los Molinos y de Sevilla.

De la primera, situada al Norte, partía el camino de Llerena y el de Azuaga y se ubicaba en la unión de las calles López de Ayala y “Granadillos” (Granillos). La de Sevilla, situada el este, se ubicaba al final de la calle Diezmo (hoy C/ Antonio Machado). Al Sur se hallaba la de los Molinos, de la que partía el camino a Cazalla y estaba ubicada al final de la calle Luenga; en el Oeste estaba la del Jurado, entre las antiguas Calles Capitán Cortés y General Moscardó (actuales calles Jurado y Pilar respectivamente).

Este recinto estaba rodeado por un foso que, conocido con el nombre de la Cava, se conservó visible hasta la época reciente, entre las puertas del Jurado y de Llerena.

Este recinto se construyó para defender la frontera Norte de los territorios sevillanos entre los siglos XI y XIII. Después de la Reconquista, Guadalcanal fue dado a la Orden de Santiago. A principios del XVI fueron mandadas demoler las murallas por haberse sumado la localidad a la rebelión de las Comunidades, aunque tal demolición no debió realizarse, ya que hasta tiempos recientes se conservaban en pie varios trozos de esta cerca. Los últimos restos de la misma se demolieron en el siglo XIX.


La Iglesia de Santa María de la Asunción, de estilo principal mudejar, (años 1.300/1.499) se encuentra adosado a dicha muralla almohade, de la que aún subsiste el Arco de Herradura que comunica la sacristía con el exterior.

Consta de tres naves, con cuatro tramos separados por arcos apuntados que apean sobre pilares cruciformes, presentando la cabecera forma poligonal. Las naves laterales se cubren con bóvedas de medio cañón y la cabecera con bóveda de crucería. La capilla sacramental, de planta rectangular, se cubre con bóveda de crucería. Las capillas de cabecera de las naves laterales presentan planta rectangular, si bien la primera se cubre con una bóveda rebajada de casetones y la segunda bóveda oval.

La portada de la nave izquierda está compuesta por un vano adintelado entre arquivoltas apuntadas, que están enmarcadas por pilares rematados en pináculos.
Corona el conjunto un alero de modillones. La torre se sitúa a los pies de la nave izquierda, levantándose sobre la primitiva muralla almohade.

La construcción del templo data de los siglos XIV y XV, habiéndose ampliado en el siglo XVI y en el XVIII. La nave central se cubre con bóveda del siglo XVIII. Del siglo XV es la capilla sacramental, y de mediados del siglo XVI las capillas de la cabecera de las naves laterales. En el siglo XVIII se remodeló el interior del templo. La portada de la nave izquierda es de principios del siglo XVI.

Su protección está inscrita con la figura de BIC (Bien de Interés Cultural), tipología jurídica de Monumento.
Ley 13/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, publicado en BOE número 155 de 29/6/1985, páginas 20342 a 20352 (11 págs.).Referencia: BOE-A-1985-12534.


En el IPAU NNSS, consta en fichas 1 (I-II-III) como “Iglesia de Santa María de la Asunción y restos del Recinto Amurallado” de los siglos XIV Y XV ampliaciones en los siglos XVI y XVII, con nivel de catalogación “Monumental” de consideraciones estilísticas “Edificio Mudéjar adosado a muralla almohade, reformas posteriores, subsiste arco de herradura y parte de lienzo del antiguo recinto amurallado” declarado “BIC” (resolución de la Dirección General de Bellas Artes de 22/06/1993) e inscrito en el Catálogo del Patrimonio Histórico Andaluz con nivel de protección “NIVEL I”.









GUADALCANAL: ¿PORQUÉ ESTÁ DE "LUTO" NUESTRA TORRE?

Os muestro una secuencia de fotografías tomadas en el año 2006 en las que se ve el estado en el que se encontraba la Torre con el grave riesgo que suponía para las personas en primer lugar y para el propio edificio en segundo término: