viernes, 4 de febrero de 2011

NOTA: SOBRE EL PGOU


04/02/2011

Casi el 90% de los municipios sin instrumento de planeamiento está tramitando su PGOU para cumplir con la norma urbanística.

Estas localidades constituyen una prioridad para la Junta, ya que la ausencia de un plan general impide garantizar un desarrollo ordenado y coherente

Casi el 90% de las localidades andaluzas que tradicionalmente han carecido de instrumento de planeamiento urbanístico, lo que equivale a 159 de las 177 registradas, están tramitando su PGOU, de acuerdo con las directrices establecidas por la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), que exige a todos los ayuntamientos la obligatoriedad de proyectar su crecimiento a través de esta figura. Las 18 restantes aún no han iniciado el proceso o están a punto de hacerlo.

De los 159 municipios con el proceso de redacción y adaptación al marco normativo ya iniciado, 12 tienen los trabajos en fase de aprobación provisional, que constituye el último paso que han de superar los ayuntamientos antes de remitir el documento de planeamiento a la Junta de Andalucía para su aprobación definitiva. En cambio, el grueso del montante -un total de 85- se encuentra en aprobación inicial, 54 en AVANCE y ocho en una etapa más incipiente, en redacción.

Por provincias, los ayuntamientos almerienses están tramitando la redacción de 51 PGOU, los consistorios cordobeses están elaborando seis planes generales y los granadinos un total 35. Por su parte, en Huelva son 14 las localidades con el proceso abierto, en Jaén 15, en Málaga 34 y en Sevilla 5.

El Plan General de Ordenación Urbana es un instrumento de carácter normativo y ámbito municipal capaz de planificar su territorio a partir del diagnóstico de sus características, la detección de sus demandas y el modelo de ciudad del que se quiere dotar a dicho municipio. Gracias a este documento, esas localidades tendrán la capacidad para planificar temporal y espacialmente la oferta de VPO capaz de dar respuesta a la demanda existente en cada municipio. Aunque también los ayuntamientos podrán realizar clasificaciones de suelo, así como definir los usos, densidades y edificabilidad en los sectores urbanos y urbanizables; una serie de procedimientos que se traducirán en futuros crecimientos urbanos y en un incremento de dotaciones y equipamientos destinados a satisfacer las necesidades de la ciudadanía.

Los 177 municipios que no cuentan con instrumento de planeamiento se localizan en todas las provincias andaluzas salvo Cádiz, donde todos programan su crecimiento de acuerdo con lo establecido por la norma urbanística andaluza. De ese cómputo, 115 se han regido hasta ahora por una Delimitación de Suelo Urbano (DSU), una figura que sólo recoge la distinción entre ámbito urbano y no urbanizable; mientras que 62 se han desarrollado a través de las Normas Subsidiarias Provinciales, en las que se establecen unas directrices y criterios básicos para el desarrollo de los núcleos de población. Ambas herramientas, que tienen su origen en la legislación estatal, ya no están reconocidas por la LOUA como instrumentos de planeamiento.

La Consejería de Obras Públicas y Vivienda ha concedido algo más de cinco millones de euros en concepto de ayudas a 86 localidades sin instrumento que han solicitado esta línea de incentivos de la Junta de Andalucía destinada a fomentar la adaptación del planeamiento al marco normativo andaluz. Estos municipios son todos los que han pedido estas subvenciones.
El objetivo de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda es impulsar el proceso de adaptación del planeamiento en el conjunto de la comunidad, aunque estos municipios, generalmente poblaciones de pequeño tamaño con una actividad urbanística menos intensa, constituyen una prioridad ya que la ausencia de un plan general impide un desarrollo ordenado y coherente de la localidad capaz de garantizar un nivel de equipamientos, dotaciones y espacios libres adecuado y una oferta de suelo suficiente para la construcción de VPO.

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